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Ver SEPCA Informa: El Ministerio de Educación publicará el Real Decreto que regulará el Concurso General de Traslados de este curso 2010-2011 y sucesivos, y que derogará el actual R.D.2112/1998, de 2 de octubre por el que se regulan los concursos de traslados de ámbito nacional.

Actualmente el Proyecto de Real Decreto reúne en un sólo documento los concursos de los diferentes Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, E.O.Idiomas, Formación Profesional, etc.ESTE NUEVO BORRADOR contiene sobre todo cambios en la baremación, donde, por ejemplo, se premia la antigüedad ininterrumpida en un centro educativo, se aumenta también la puntuación a los cargos directivos según su función y se incrementa también el número de horas de formación para obtener puntos por Formación y Perfeccionamiento.
  • ANTIGÜEDAD: donde se premia considerablemente la permanencia ininterrumpida en el centro (Ver tabla adjunta).
  • Desempeño de CARGOS DIRECTIVOS: se aumenta de forma importante la puntuación asignada a cada función desempeñada (máximo 20 puntos).
  • FORMACIÓN y PERFECCIONAMIENTO: Se incrementa considerablemente el número de horas de formación necesarias para completar la puntuación de este apartado (máximo 10 puntos).

ACLARACIONES:

·         En el presente curso 2010/11 se convocará concurso de traslados, puesto que los concursos de ámbito nacional se convocan cada dos años. La publicación probablemente será en el mes de diciembre, aunque no es descartable que pueda salir antes.

·         En este concurso están obligados a participar todos los funcionarios que deban obtener su primer destino definitivo; de no hacerlo, serían destinados de oficio  dentro de la Comunidad Autónoma.

·         También estarán obligados a participar los Funcionarios en Prácticas: Deberán participar en los concursos quienes, habiendo sido declarados seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por las distintas Administraciones educativas, hayan sido nombrados funcionarios en prácticas. Este personal, conforme determinen sus respectivas convocatorias de procedimientos selectivos, está obligado a obtener su primer destino definitivo en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma convocante y por la especialidad y, en su caso, idioma o perfil lingüístico por la que ha sido seleccionado.

·         Aquellos funcionarios del cuerpo de maestros que no tengan reconocidas algunas de las especialidades por las que está habilitado, y quieran que se les reconozca, deben solicitarlo a la Consejería de Educación. Si no se ha solicitado el reconocimiento de las mismas, se entiende que sólo tiene reconocida la especialidad por la que accedió.

·         NOTA IMPORTANTE: Todos los cursos de formación que han realizado se pueden presentar nuevamente para el concurso de traslados, aunque se hayan presentado en el concurso de mérito de  las oposiciones.

Ver Borrador

 


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