El jueves, 14 de Junio, se reunió la Comisión de la Función Pública para informar sobre la modificación de la Orden de 28 de julio de 2006, referente a las instrucciones de organización y funcionamiento de los institutos de Educación Secundaria, en lo que respecta a la jornada laboral semanal del personal docente.
La reunión se hizo por medio de videoconferencia entre Tenerife y Gran Canaria y los sindicatos asistentes fueron: CC.OO, UGT, STEC y SEPCA.
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, la Consejería de Educación pretende dar cumplimiento a dicha normativa para el próximo curso 2012-2013 modificando la jornada laboral semanal del Profesorado de Secundaria, de manera que:
Se aumentan las horas de permanencia en el Centro, pasando de 24 a 26 horas de permanencia.
- Se aumentan las horas lectivas, pasando de 18 a 20 horas lectivas.
Con estas dos modificaciones recogidas en el proyecto de la Orden, la jornada laboral semanal, quedaría de la siguiente manera:
JORNADA SEMANAL DEL PROFESORADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA | ||||
37 horas y media |
8 horas
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Preparación de actividades docentes y realización de tareas de perfeccionamiento, etc. No obligada permanencia en el Centro. |
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29 horas y media
Actividades del Centro |
26 horas de permanencia
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20 horas lectivas
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Cuando, excepcionalmente, el horario tenga más de 20 sesiones lectivas, el profesorado afectado compensará cada una de estas sesiones de exceso, con una sesión complementaria. |
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6 horas complementarias |
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3 horas y media |
Asistencia a actos de periodicidad no fija: claustros, sesiones de evaluación,……. No figuran en los horarios individuales del profesorado. |
En dicha Comisión, la Administración no ha explicado claramente qué efectos va a producir la Orden que emana del Real Decreto en la calidad (y también en la variedad) de la enseñanza que vamos a poder ofrecer a nuestros alumnos.
En la misma no se presentaron el informe jurídico y el informe económico, aunque se hizo mención a los mismos, a posteriori. El Director General de la Función Pública, nos informó de que los Servicios Jurídicos habían emitido un informe favorable, a favor de la aplicación de la Orden que da cumplimento al Real Decreto Ley 14/2012. Desde La Consejería, un representante confirmó que el informe económico si existía, pero que no lo tenía disponible en ese momento para los sindicatos.
Desde SEPCA se hizo una exposición de cuáles deben ser las bases de un sistema educativo de calidad y de las consecuencias que tendría la aplicación de dicha Orden.
Un sistema educativo de calidad se sostiene en tres pilares fundamentales:
Contar con una plantilla orgánica suficiente en los Centros, formada por profesores especialistas en las materias, para poder atender al alumnado y poder realizar las demás tareas administrativas, guardias, etc, con holgura.
Contar con un número razonable de alumnos en las aulas, de manera que no estén masificadas, para poder prestar una mejor atención especializada.
Disponer en los Centros de una oferta educativa de estudios y materias que se adapten a las necesidades del alumnado.
¿Cuáles serían las consecuencias de la aplicación de dicha Orden?
En la Enseñanza Secundaria, el aumento de horas lectivas semanales tiene como consecuencia directa:
En primer lugar, la eliminación automática del 10% del profesorado en cada centro.
En un Departamento de 10 profesores, se reduce 1 profesor. En un Departamento formado por 5 profesores, quedaría un horario para 4,5 profesores, es decir, el medio profesor restante, tiene que compartir Centro, o bien se vea obligado a impartir asignaturas ajenas a su especialidad, lo que va en detrimento de la calidad de la formación que reciben los alumnos, o bien que sea contratado a tiempo parcial.
Con esta medida, desaparecen del orden de 1300 a 1500 puestos de trabajo.
La aplicación de dicha Orden se traduce en que Canarias, siendo la Comunidad Autónoma con la tasa de paro más alta de toda España, agrava la situación económica de muchas familias.
En segundo lugar, la desaparición de entre el 60 y el 70% de las horas lectivas disponibles en el centro para impartir asignaturas optativas.
Si un Departamento no se dispone de horas lectivas, lógicamente, no se puede impartir el número suficiente de asignaturas optativas. Esto implica que los alumnos puedan verse forzados a cursar asignaturas que no les convengan.
Resumiendo, podemos decir que, el aumento de la jornada lectiva de 18 a 20 horas, además de suponer un mero incremento de horas lectivas para el profesorado, con el sobreesfuerzo que ello conlleva, supone, en realidad una pérdida de calidad educativa que afecta directamente al alumnado y dejar en paro a 1500 docentes.
Por otra parte, desde SEPCA también se mencionó, aunque no era el momento, el aumento de la ratio en las aulas y la pérdida de alguna modalidad de Bachillerato.
Se hizo mención a estos dos asuntos que no se contemplan en dicho proyecto de Orden, debido a que también afectan a la calidad educativa y a la pérdida de puestos de trabajo en un futuro.
Más allá de ser una mera hipótesis, lo cierto es que muchos Centros han sido visitados por Inspectores de Educación, en pareja, para hacer recuento del alumnado en las aulas. Luego, es fácil deducir, que la Consejería de Educación se trae algo entre manos.
La postura de SEPCA, ante la modificación de la jornada laboral semanal, por medio de la Orden correspondiente, es contraria a que se aplique una normativa que es lesiva para el profesorado y para el alumnado.
Nos sumamos a la petición de otros sindicatos para que Canarias se declare “insumisa” en la aplicación del Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo.
Véase PDF adjunto.