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El martes, 26 de enero de 2016, ha sido publicada en el Boletín Oficial de Canarias, una modificación puntual del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias. Esta modificación deja sin efecto el “Plus de Atención al Público” (Art. 46.B).4 -hasta ahora en suspenso-) y establece el Complemento de Atención Especializada a la Ciudadanía.

Según la nueva redacción de este artículo 46.B).4, este complemento se crea “con la finalidad de retribuir la especial dedicación de determinados trabajadores y trabajadoras en el ejercicio de las funciones y tareas encomendadas que impliquen una especial interactuación entre el empleado público y el administrado, de tal manera que dichas tareas vayan más allá de la facilitación de un dato, una indicación, o una advertencia. Se trata, en definitiva, de prestar una atención e información cualificada para lo que se deberá tener los conocimientos necesarios, así como la especial habilidad para tratar al público y resolver las situaciones que se presenten”. Se aplicará, con carácter general, cuando quede acreditado que en dicha “atención especializada” se dedica más del 50% de la jornada de trabajo en cómputo anual.

Será de aplicación a la categoría profesional de auxiliar administrativo. aunque, con carácter excepcional, podrá asignarse el complemento a otros puestos correspondientes a categorías profesionales distintas dentro de los grupos retributivos III, IV y V, cuando quede acreditado el cumplimiento de los requisitos de funciones y porcentaje anual de dedicación.

Con independencia de las nuevas solicitudes que puedan formularse ante la Dirección General de la Función Pública, ese centro directivo “se dirigirá a todos los departamentos u organismos autónomos para que informen sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos respecto de todos los trabajadores y trabajadoras que habiendo tenido reconocido el complemento de atención al público hubieren podido venir realizado las funciones del nuevo complemento de atención especializada a la ciudadanía”. Para estos trabajadores se establece efectos retroactivos a 1 de enero de 2015, para la percepción del nuevo complemento.

Se crea una comisión paritaria compuesta por 10 miembros, que se encargará de realizar el seguimiento y cumplimiento del procedimiento que se ha establecido y valorará todas las solicitudes presentadas, elevando a la Dirección General de la Función Pública, la correspondiente propuesta de resolución.

El importe de este complemento se ha fijado en 39 euros mensuales.

Véase PDF adjunto.

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