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10 11 2021 equilibrio vida trabajoEl pasado 3 de noviembre se celebró la última reunión del Grupo de trabajo de "Regulación del Teletrabajo en la APCAC", siendo esta, la última de la “primera fase” de los trabajos de este grupo, quedando a la espera de un borrador de texto articulado por parte de la Administración.

Como decimos, la Administración debe presentar ahora un borrador de regulación, en el que se reflejen las conclusiones y/o acuerdos a los que se ha llegado. A mediados del presente mes deberíamos tener este documento de trabajo.

Esperamos que Función Pública se ciña a lo acordado en el seno del grupo, pues por quienes hemos participado (representantes de la Administración y de sindicatos), se ha hecho un esfuerzo de acercamiento técnico de posturas dentro de lo razonable, aunque también hemos marcado líneas rojas y dejado puntos irrenunciables sin acuerdo.

No nos hacemos ilusiones y sabemos que tenemos por delante un duro debate en el que intentaremos, como siempre, defender nuestros derechos como personal. El teletrabajo es indudablemente un instrumento eficaz de conciliación, de integración de las diversidades funcionales y, en general, de modernización de la Administración. Además, también puede ser eficaz para luchar por el medio ambiente y contra el despoblamiento de las zonas rurales.

Por último, desde SEPCA queremos hacer una valoración positiva de la creación y funcionamiento del grupo de trabajo y también de la participación de quienes lo hacían en representación de la Administración. En muchas ocasiones hemos mantenido posiciones diferentes, pero también se han mostrado dispuestos a acercar posturas e intentar objetivar las cuestiones a debate o asesorar sobre temas como la prevención de riesgos laborales en este ámbito.

En cuanto a la última reunión se trataron los siguientes temas: la revisión de las condiciones de teletrabajo, el régimen excepcional que obligaría al teletrabajo y la evaluación y seguimiento del teletrabajo a nivel general. A continuación y de manera esquemática exponemos el resultado del debate:

REVISIÓN DE LAS CONDICIONES DEL TELETRABAJO

• A petición de la persona que teletrabaja.
• Cambio del puesto de trabajo.
• Incumplimiento sobrevenido de requisitos personales u organizativos.
• Insuficiencias en el sistema de Planificación Estratégica – Dirección por Objetivos.
• No quedar cubiertas las necesidades del servicio.

La reincorporación a la modalidad presencial se produciría en un plazo máximo de 3 días en los siguientes casos: a petición de la persona trabajadora, por cambio del puesto de trabajo o por incumplimiento sobrevenido de los requisitos personales. Se consiguió aumentar el plazo, 15 días, en el supuesto de incumplimiento sobrevenido de los requisitos organizativos, cuestiones no imputables al personal.

El plazo de reincorporación se considerará a todos los efectos como de servicio activo y el órgano competente para resolver será el departamento de personal correspondiente a la unidad administrativa.

RÉGIMEN EXCEPCIONAL

Podrá ser obligatoria la prestación del teletrabajo en los siguientes casos:

• Estados de alarma, excepción o sitio con medidas especiales en materia de salud pública.
• Debido a temas relacionados con la prevención de riesgos laborales.
• Circunstancias de fuerza mayor: obras, traslados...

La prestación obligatoria de teletrabajo no conllevará la obligación por parte del trabajador, de aportar ninguno de los recursos necesarios para su correcto desarrollo.

Por último, se deberá informar a las organizaciones sindicales.

EVALUACIÓN / SEGUIMIENTO

Desde SEPCA habíamos propuesto la creación de una comisión de seguimiento del teletrabajo, con funciones de consulta y mediación. Se logró reflejar la creación de una comisión pero no se abordaron sus funciones.

Se refleja la participación en la evaluación y seguimiento de los distintos departamentos y de la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios, con funciones inspectoras.

Adjuntamos un cuadro resumen con los aspectos tratados y las posiciones sobre ellos

pdf 32CUADRO RESUMEN TRATAMIENTO NORMATIVO TELETRABAJO C.A.C.

 

Canarias, 10 de noviembre de 2021


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