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08 03 2024 reuniónEste pasado miércoles 6 de marzo de 2024, se han celebrado reuniones con la Dirección General de la Función Pública, en los foros de negociación de personal funcionario y personal laboral, donde se nos ha comunicado la intención de adoptar un Acuerdo de Gobierno, por el que se establezcan directrices en relación con la aplicación de las Disposiciones Adicionales 27ª y 28ª de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024.

Con respecto a esto, convendrá repasar previamente el texto de las Disposiciones Adicionales que se citan en el Orden del Día, para ver el contexto del objetivo con el que la Administración ha convocado estas reuniones, pero te ponemos unos extractos. Puedes leer las disposiciones completas desde este enlace al BOC donde se publicó la Ley:

https://www.gobiernodecanarias.org/boc/2023/255/001.html

“…Las nuevas relaciones de puestos de trabajo, o las modificaciones de las ya existentes, no podrán incorporar la creación o modificación de puestos de trabajo de personal laboral que por razón de las funciones que se le asignen deban ser reservados a personal funcionario, cuando tales funciones se correspondan a las propias de un Cuerpo, Escala y en su caso Especialidad del personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, o cuando de conformidad con legislación vigente sean funciones reservadas a personal funcionario. Ello sin perjuicio de las actuaciones que procedan en los casos de ejecución de resoluciones judiciales.”

“… los departamentos u organismos correspondientes podrán promover de forma anticipada la modificación de su relación de puestos de trabajo, que aun no encontrándose vacantes, se identifiquen como puestos que una vez vacantes deban ser suprimidos y puedan ser creados los correspondientes puestos de trabajo de personal funcionario, quedando los puestos de trabajo de personal laboral en situación de supresión, de forma que una vez queden vacantes, se producirá su automática supresión y sustitución por el puesto de personal funcionario creado, sin perjuicio no obstante de que, en ese momento u otro posterior, el departamento u organismo promueva su supresión o modificación.”

“…El Gobierno de Canarias abrirá un proceso de negociación con las organizaciones sindicales para acordar el calendario y los objetivos a fin de establecer el procedimiento para la aprobación del catálogo de puestos de su Administración General, que siendo desempeñados por personal laboral fijo, así como aquellos que estén en proceso de estabilización del empleo público temporal, por razón de su contenido, sean susceptibles de adecuación de su vínculo jurídico mediante el correspondiente procedimiento de funcionarización.”

En resumen, con respecto a este asunto, lo que la Administración ha planteado es la intención de trabajar en un calendario para ir dando forma a todas esas previsiones. El primer paso sería determinar en todas las Relaciones de Puestos de Trabajo, aquellos en los que se den las circunstancias expresadas para el cambio de vínculo jurídico (de cobertura por personal laboral a cobertura por personal funcionario), mediante la determinación de las funciones análogas a las propias de un Cuerpo, Escala o Especialidad de personal funcionario.

Una vez establecido esto, se pretende comenzar un proceso de negociación sobre los mecanismos legales posibles para abordar la transformación de los puestos afectados, dentro de un plan de ordenación de Recursos Humanos, en el que se abordarían las condiciones de un proceso de funcionarización, de carácter voluntario, un concurso de traslados del personal laboral y una promoción interna del personal laboral.

Queremos aclarar que esto ha sido simplemente una reunión informativa en la que la Administración nos ha contado estos planes, sin que se haya negociado nada sobre estos asuntos.
Tras esta breve exposición de planes y fuera de este asunto principal, desde SEPCA hemos planteado lo siguiente:

- Preguntamos por la fecha de publicación de la actualización del temario para ingreso en el Cuerpo de Gestión General, Grupo A, Subgrupo A2, por promoción interna. El Director General de la Función Pública nos ha respondido que “en breve”.

- Hemos solicitado que se realicen en las islas no capitalinas, los distintos ejercicios para ingreso en los distintos Cuerpos y Escalas. Desde esta organización sindical ya se ha reiterado esta solicitud en distintas mesas de negociación que han tenido lugar, basada en el gasto que supone para las personas aspirantes de estas islas el desplazarse a Gran Canaria o a Tenerife para realizar los exámenes. En concreto, hicimos hincapié en la situación en la que se encuentran las personas de esas islas no capitalinas, que el próximo sábado día 9 y domingo 10 de marzo tienen que volver a examinarse del primer ejercicio de la fase de oposición, para ingreso por el turno libre al Cuerpo Auxiliar y Administrativo y el doble gasto que ello está suponiendo.

- Volvimos a transmitir a la Dirección General de la Función Pública, nuestro rechazo por otro episodio de desmesura de los tribunales de selección, para promoción interna al Cuerpo Administrativo. Siguen sin entender el objeto de su misión y no controlan la proporción de las pruebas en relación al cuerpo para el que las personas se están examinando ni el grado de competencia entre ellas. Para 20 plazas disponibles se presentan 17 aspirantes que ya son personal funcionario de esta Administración con años de experiencia y el Tribunal pone una prueba que parece un desafío entre el propio órgano de selección y quienes se examinan, con un lema encubierto que dice “a que no lo sacas”.

Dentro de este asunto, por parte de SEPCA hemos vuelto a lanzar el mensaje de que para el personal funcionario también consideramos posible y abordable, que los procesos de promoción interna se lleven cabo mediante concurso de méritos. Insistiremos con ésto.

Canarias a 6 de marzo de 2024

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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