La Dirección General de la Función Pública ha dictado Resolución relativa a tasa de reposición de efectivos para contratos de relevo por jubilación parcial del personal laboral.
En el Anexo a la misma se establece plazo para que el personal laboral que cumpla con los requisitos, pueda presentar solicitud de acceso a la jubilación parcial con contrato de relevo.
En esta Resolución se articulan las medidas para proceder a la oferta, convocatoria y selección de personal laboral fijo, mediante contrato de relevo, por jubilación parcial del personal laboral, a través de una tasa de reposición de efectivos adicional y específica.
Esta tasa de reposición de efectivos debe ser autorizada por la Administración General del Estado y para conocer el número de plazas que serían necesarias para componer la oferta de empleo correspondiente, se establece que entre el 1 y el 30 de septiembre de 2025, ambos inclusive, el personal laboral de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, mediante solicitud presentada de forma telemática por registro de entrada, podrá solicitar el acceso a la jubilación parcial con contrato de relevo .
Podrá presentar su solicitud de acceso a la jubilación parcial anticipada, el personal laboral que ya reúna los requisitos para su acceso en el momento en que presenta la solicitud, o también quienes los vayan a reunir en cualquier momento posterior hasta el día 31 de diciembre de 2026.
Para los ejercicios posteriores, anualmente, la Dirección General de la Función Pública mediante Resolución, determinará el plazo dentro del cual las personas interesadas puedan solicitar su acceso a la jubilación parcial anticipada, que será mínimo de diez días hábiles y deberá concluir siempre antes del 31 de marzo de cada ejercicio.
Puedes consultar la Resolución desde el siguiente enlace: Resolución jubilación parcial personal laboral contrato relevo
Canarias, 6 de agosto de 2025