Resoluciones de la Dirección General de la Función Pública, sobre vacaciones y días de asuntos particulares, así como medidas complementarias para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal funcionario y laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
TENER EN CUENTA POSIBLES MODIFICACIONES POSTERIORES QUE PUEDAN IRSE INTRODUCIENDO MÁS ABAJO
RESOLUCIÓN 395/2019, DE 22 DE ABRIL, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, SOBRERE VACACIONES Y DÍAS DE ASUNTOS PARTICULARES DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS.
La Dirección General de la Función ha dictado, con fecha 22 de abril de 2019, Resolución de interés sobre vacaciones y días de asuntos particulares del personal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
a) Se reduce a diez años, el primer período de tiempo a partir del cual se devenga el derecho a un primer día adicional hábil de vacaciones anuales.
b) Se establece un período ordinario hasta el 31 de enero del año siguiente para el disfrute de las vacaciones y de los asuntos particulares, siendo posible su disfrute fuera de dicha plazo, de forma excepcional, previa Resolución del Centro Gestor correspondiente, sin ulterior aprobación por parte de la Dirección General de la Función Pública, y siempre previa conformidad expresa de la persona interesada.
c) Se amplían a siete los días hábiles de vacaciones cuyo disfrute puede ser individualizado.
d) Se permite el disfrute de las vacaciones de manera continuada con otros permisos, en particular, los asuntos particulares.
e) Se establecen una serie de criterios objetivos para la determinación de los períodos vacacionales en caso de conflicto entre las solicitudes cursadas.
Adjuntamos documento pdf con la Resolución citada.
Resolución 395/2019, de 22 de abril, de la Dcción. Gral. Función Pública
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RESOLUCIÓN 669/2019, DE 8 DE JULIO, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS COMPLEMENTARIAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL DEL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS (Ver modificación puntual al final)
Esta Resolución deja sin efecto la Resolución 547/2019, de 29 de mayo de 2019, por la que se modifica la Resolución 348/2017, de 15 de mayo, por la que se dictan instrucciones específicas en relación a la jornada y horario de trabajo en determinados períodos del año y se establecen medidas complementarias de conciliación de la vida personal, familiar y laboral en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como la citada Resolución 348/2017, de 15 de mayo, integrándose el contenido de ambas en la presente Resolución.
Asimismo quedan sin efecto cualquier otra anterior Resolución dictada por ese Centro Directivo respecto de las medidas de conciliación contenidas en esta Resolución en cuanto la contradigan.
Consúltala en el siguiente documento pdf
Resolución 669/2019, de 8 de julio, de la Dcción. Gral. Función Pública
Modificación de la Resolución anterior (669/2019 de 8 de julio):
RESOLUCIÓN 443/2023, de 29 de marzo, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA FUNCIÓN PUBLICA POR LA QUE SE MODIFICA PUNTUALMENTE LA RESOLUCIÓN NÚMERO 669/2019, DE 8 DE JULIO DE 2019 (Se modifica el punto 2 de la medida 14ª del Anexo)
Resolución 443/2023, 29 marzo (Modifica la 669/2019, 8 julio)
RESOLUCIÓN 2078/2023, de 21 de septiembre, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES EN RELACIÓN CON LOS PERMISOS PREVISTOS EN LA LETRA A) DEL ARTÍCULO 48 Y EN EL ARTÍCULO 49, LETRA G) DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO, TRAS SU MODIFICACIÓN POR REAL DECRETO LEY 5/2023, DE 28 DE JUNIO.
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RESOLUCIÓN 22/2023, DE 11 DE ENERO, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA POR LA QUE SE ESTABLECE LA JORNADA MÁXIMA ANUAL, EL CALENDARIO ANUAL Y EL CRÉDITO HORARIO PARA LA CONCILIACIÓN, PARA EL AÑO 2023, EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS.
En esta Resolución, además de establecerse la jornada máxima anual y el crédito horario para conciliación en 2023, se dictan una serie de instrucciones relativas a la instrumentalización de determinados derechos sobre los días de compensación por festivos coincidentes en sábado o domingo, dispensa por Carnavales, los horarios reducidos de verano y Navidad y turnos de disfrute de los permisos en esa época.
Tal y como la propia Resolución inspira, ya no habrá que esperar otra Resolución dictando instrucciones cada vez que se acerque alguna de estas fechas.
Desde este enlace puedes revisarla: Resolución 22/2023, de 11 de enero, de la Dirección General de la Función Pública